
INFORMACIÓN DE CANCELACIÓN DE CFDI.
En relación con el Sistema de Cancelación de Factura Electrónica a que se refiere el artículo 29-A cuarto y quinto párrafos del CFF, en relación con las reglas 2.7.1.38. y 2.7.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, les comunico lo siguiente:
• El 31 de agosto se publicó en el portal del SAT en Internet un comunicado de prensa en el que el SAT da a conocer que publicará próximamente, de manera anticipada en dicho portal y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación, a petición de los desarrolladores de software una prórroga al 1 de noviembre de 2018 para la operación del nuevo proceso de cancelación de facturas, en el cual se requiere la aceptación de la persona a favor de quien se expidió.
• No obstante que el SAT y los PAC estaban listos para iniciar la operación del mismo desde el 1 de septiembre de 2018.
• Los desarrolladores de software presentaron al SAT un plan de trabajo con el cual se sustentaba la necesidad de dicha prorroga y el cómo se avanzaría por dichos desarrolladores en las siguientes semanas para efectivamente estar todos listos para iniciar la operación del sistema en la nueva fecha establecida el 1 de noviembre de 2019.
Se anexan los documentos siguientes:
• Reglas de RMF cancelación de CFDI vigentes.
• Plan de trabajo sugerido de cancelaciones.
• Manual de usuario del sistema de cancelación de CFDI.
• Presentación del nuevo Servicio de cancelación de CFDI.
Información proporcionada por el C.P. Javier Samperio Castillo de Fábrica de Jabón La Corona, quien preside la Comisión Fiscal de la UNIDEM – Unión Industrial del Estado de México.